Robert von Musil (1880-1942); escritor austriaco.
PROTECCIÓN CIVIL
La Dirección General de Protección Civil, organismo encuadrado dentro del Ministerio del Interior de España, tiene como misiones la protección física de las personas y de los bienes, en situación de grave riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe extraordinaria, en la que la seguridad y la vida de las personas pueden peligrar y sucumbir masivamente.
Dirección General de Protección Civil
NORMATIVA BÁSICA REGULADORA
Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre protección civil (B.O.E. núm. 22, de 25 de enero).
Real Decreto 1547/1980, de 24 de julio, sobre reestructuración de la protección civil (B.O.E. núm. 180, de 28 de julio).
Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre medidas provisionales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública (B.O.E. núm. 191, de 10 de agosto).
Real Decreto 888/1986, de 21 de marzo, sobre composición, organización y régimen de funcionamiento de la Comisión Nacional de Protección Civil (B.O.E. núm. 110, de 8 de mayo), modificado por el Real Decreto 573/1997, de 18 de abril (B.O.E. núm. 115, de 14 de mayo) y por el Real Decreto 2061/1999, de 30 de diciembre (BOE núm. 17, de 20 de enero de 2000).
Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil (B.O.E. núm. 105, de 1 de mayo).
Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (B.O.E. núm. 172, de 20 de julio).
Real Decreto 1123/2000, de 16 de junio, por el que se regula la creación e implantación de unidades de apoyo ante desastres (B.O.E. núm. 156, de 30 de junio).
Orden de 29 de marzo de 1989, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de marzo de 1989, que aprueba el Plan Básico de Emergencia Nuclear (B.O.E. núm. 89, de 14 de abril).
Centro de Documentación
Página de información de Riesgos del Gobierno de España
INFORIESGOS
Unidades de Apoyo ante Desastres -U.A.D.-
QUE SON LAS UAD
Las Unidades de Apoyo ante Desastres (UAD) son grupos de profesionales adecuadamente organizados y equipados, para realizar, de forma voluntaria y altruista, determinadas actividades de protección a personas afectadas por catástrofes, tanto en territorio español, como fuera del mismo.
Las Unidades de Apoyo ante Desastres (UAD) constituyen actualmente una línea estratégica de la política española en materia de protección civil. No obstante, no suponen una iniciativa aislada, sino que responden asimismo a proyectos en marcha en el contexto internacional, tanto a nivel de la Organización de Naciones Unidas (OCHA), como de la Unión Europea (Mecanismo Europeo de Coordinación de Protección Civil en Emergencias).
La base jurídica de las UAD está constituida por el Real Decreto 1123/2000, de 16 de junio, (BOE nº 156, de 30 de junio de 2000) mediante el cual se regula su creación e implantación.
Existen dos tipos de UAD, la de Búsqueda y Salvamento y la Sanitaria.
Unidades de Apoyo ante desastres.
Asociación Iberoamericana de Organismos Gubernamentales de Defensa y Protección Civil
Aplicación en Red para Casos de Emergencia (A R C E)
ARCE pretende ser un mecanismo que permita compartir información y actualizarla permanentemente, entre todos los miembros de la Asociación, de manera que la respuesta conjunta ante situaciones de emergencia, pueda ser lo más eficaz posible.
El glosario de términos ARCE engloba terminología de los diferentes riesgos que abarca la Protección Civil en su planificación: naturales, tecnológicos y antrópicos, así como de otras áreas de interés para la Protección Civil.
ARCE
























