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conciliación de turnos para madres que trabajan en 112
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Mensaje conciliación de turnos para madres que trabajan en 112 
 
SAS denuncia que a 6 trabajadoras del servicio Madrid 112 no se les dejan tener turnos fijos para conciliar

El Sindicato Asambleario de la Sanidad (SAS) denunció hoy que a seis trabajadores del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia en la Comunidad de Madrid 112 se les impide trabajar en turnos fijos, de manera que están obligados a tener turnos rotatorios, hecho que les "impide el cuidado adecuado de sus hijos".

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

Desde el SAS criticaron que se les niega "su derecho a trabajar en un turno fijo y no realizar turnos rotatorios de mañana-tarde-noche", y destacaron que las mujeres afectadas, "tras sufrir y padecer durante meses largos procesos jurídicos, han conseguido la aplicación de la concreción horaria", pero apuntaron que "a cambio, la empresa les ha retirado los Pluses de Turnos Rotativos y Actividad, cambiando incluso de puesto de trabajo a alguna de las trabajadoras".

"Esto supone la pérdida de un tercio del salario que perciben, mientras, en una campaña de imagen la Comunidad de Madrid ha gastado millones de euros en propaganda sobre la Ley de Conciliación Familiar y su política de igualdad en el empleo con mujeres y madres trabajadoras", consideraron.

Asimismo, señalaron que "a la prepotencia de la Comunidad de Madrid con las madres trabajadoras, hay que añadir el deterioro de Madrid 112", y citaron la "precariedad del personal interino, la congelación de la contratación, el aumento de las cargas de trabajo y el déficit de plantilla en torno a un 20 por ciento".

"Continuando la estela de deterioro/privatización de los servicios públicos madrileños, y con el mero fin de negociar y especular, soplan vientos de privatización sobre el Madrid 112, que afectan fundamentalmente a la gestión de los operadores", apuntaron.

http://ecodiario.eleconomista.es/sa...-conciliar.html
 




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Juan Luis de Castellví Guimerá
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Mensaje Re: Conciliación De Turnos Para Madres Que Trabajan En 112 
 
Copio y pego los puntos 4,5 y 6 del artículo 37 del Estatuto de los trabajadores, donde se regula los derechos de los padres a reducir su horario de trabajo y la concrección horaria.

"4. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de
ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará
proporcionalmente en los casos de parto múltiple. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este
derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en
jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue
con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla. Este permiso podrá ser
disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso
de que ambos trabajen.

4.bis En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer
hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del
trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un
máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario. Para el disfrute de este permiso se
estará a lo previsto en el apartado 6 de este artículo.

5. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una
persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida,
tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario
entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.
Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el
segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no
pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.
La reducción de jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de
los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa
generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio
simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.

6. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lactancia y de la
reducción de jornada, previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo, corresponderá al trabajador,
dentro de su jornada ordinaria. El trabajador deberá preavisar al empresario con quince días de
antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.
Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la
determinación de los períodos de disfrute previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo serán
resueltas por la jurisdicción competente a través del procedimiento establecido en el artículo 138 bis
de la Ley de Procedimiento Laboral."

 




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Mensaje Re: Conciliación De Turnos Para Madres Que Trabajan En 112 
 
En Madrid 112 hay 6 madres que ya han abierto camino y se han puesto un turno fijo. El problema es que el 25 % de la plantilla podria seguir el mismo camino y se hiciera inviable la organizacion del servicio.


¿Que os parece?

¿Deberia haber un limite en el tanto por ciento de trabajadres que puedan optar a esta concreccion horaria?.
 




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Mensaje Re: conciliación de turnos para madres que trabajan en 112 
 
Cita:
"El horario me condena a no ver a mis hijos en semanas"
Trabajadoras del 112 cuentan su lucha judicial con la Comunidad de Madrid por la conciliación

ROCÍO AGUILAR - MADRID - 10/10/2009 08:00

Beatriz y Noemí sienten indignación cuando escuchan que los padres no pasan tiempo suficiente con sus hijos y apenas participan en su educación. Ambas son madres y atienden el teléfono de emergencias del Organismo Autónomo 112 que depende del Gobierno madrileño de Esperanza Aguirre. Como otras seis compañeras, llevan casi dos años inmersas en una batalla judicial con la Comunidad de Madrid para que cumpla la Ley de Conciliación Laboral y Familiar.

Antes de quedarse embarazadas, trabajaban en turnos alternos de mañana, tarde y noche. Cuando dieron a luz, al igual que hicieron sus seis compañeras, pidieron una reducción de jornada y una concreción horaria, acogiéndose a los derechos garantizados por esta ley. El organismo público les negó la posibilidad de reducir su jornada laboral y fijar un horario determinado. Las madres denunciaron el caso y a seis de ellas, incluidas Beatriz y Noemí, el Juzgado de lo Social les dio la razón.

El 112 recurrió las sentencias ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Fuentes del organismo insisten en que este "es un servicio de emergencias que funciona 365 días al año las 24 horas del día y el turno de estas trabajadoras es de mañana, tarde y noche".

Solos en casa
"Si mantenemos el horario que estipula el contrato, cuando tenga turno de tarde el horario me condena a no ver a mis hijos en semanas", se queja Beatriz, mientras repasa las dificultades que padeció para que sus hijos no se quedasen solos en casa. "No tengo abuelos que vayan a por los niños al colegio y cuando tienes que pedir más de tres veces a la madre de un compañero que recoja a tu niño, se te cae la cara de vergüenza", añade.

Noemí matiza que no piden privilegios. Simplemente cree que "los niños tienen que seguir unos horarios". "Nosotras tenemos derecho a poder organizar nuestra vida, a estar con ellos, llevarle al pediatra y atenderles", reivindica.

Una vez que el 112 tuvo que acatar las sentencias, comenzó la siguiente etapa de la batalla judicial. Ahora el organismo les ha quitado los pluses de turnos y de disponibilidad, lo que supone una reducción salarial de unos 600 euros al mes, un tercio de su sueldo.

Sin pluses
Fuentes del 112 afirman que les eliminaron los pluses tras consultar a los servicios jurídicos autonómicos, y justifican: "Un juez ha limitado su horario y, por tanto, no pueden acudir al trabajo fuera de su turno". Las trabajadoras alegan que nunca se han negado a acudir al trabajo en caso de emergencia, lo que por otro lado no ha sucedido en los más de siete años que llevan trabajando.

No entienden que la Comunidad de Madrid permita que uno de sus organismos incumpla la misma Ley de Conciliación que exige cumplir a las empresas privadas. Aseguran que han notificado su caso a la Consejería de Presidencia de Madrid, pero que no han recibido ninguna respuesta al respecto.



Fuente -> http://www.publico.es/espana/259327...a/hijos/semanas
 




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Mensaje Re: conciliación de turnos para madres que trabajan en 112 
 
Vamos a ver, las madres que han solicitado concreción horaria lo han conseguido después de una batalla judicial de 57 pares de ... "melocotones", pero ya lo han conseguido.

Ahora resulta que pierden el plus de turnicidad y el plus de actividad.

Plus de Turnicidad: es obvio que si tienes un horario concreto y no entras en la rueda de rotación con los demás no es lógico que lo cobres. Sería un agravio comparativo con los compañeros que SI rotan.

Plus de Actividad: Este Plus se paga por la disponibilidad de los trabajadores de 112 para acudir en días libres al centro de trabajo en caso de emergencia nivel 2 en el Plan de Emergencias de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM)
Si un juez dictamina que la operadora debe prestar servicio en el horario concreto que ha solicitado, no se la puede activar fuera de ese horario. ¿Qué pasaría si hay un accidente de tráfico in itinere ???

De cualquier forma lo de la pérdida del Plus de Actividad lo veo más dudoso, pero lo del Plus de Turnicidad es de cajón que están pidiendo lo imposible.

Esto es la historia interminable....
 




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Mensaje Re: conciliación de turnos para madres que trabajan en 112 
 
A lo expuesto anteriormente acerca de las 6 compañeras que han conseguido la concreción horaria, habría que añadir que hay un@s 12 ó 15 compañer@s que tienen jornada reducida. Est@s compañer@s no han tenido problemas judiciales para reducir su jornada.
 




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Mensaje Re: conciliación de turnos para madres que trabajan en 112 
 
Me gustaría añadir también que los trabajadores/as tienen derecho a una excedencia para el cuidado de los hijos menores de 3 años. Este derecho es frecuentemente utilizado para solicitar excedencias en verano, o en Navidad. Estas Navidades unos 15-20 trabajadores/as han solicitado excedencias inferiores a una semana para pasar las fiestas con sus hijos menores de 3 años.




Copio y pego información del Convenio:

Cita:
ARTICULO 33.- EXCEDENCIAS CON RESERVA DE PUESTO DE TRABAJO

1.- Por cuidado de los hijos.

Con independencia de su estado civil, todos los trabajadores tendrán derecho a una excedencia por tiempo no superior a 3 años para atender el cuidado de cada hijo, a contar desde la fecha de nacimiento de éste. Los hijos sucesivos darán derecho a un nuevo periodo de excedencia que, en su caso, pondrá fin al que se viniera disfrutando. Cuando el padre y la madre trabajen en la Comunidad de Madrid, solamente uno de ellos podrá ejercer este derecho.

No será necesario que el trabajador agote el tiempo de excedencia para reincorporarse cuando, por motivos personales acreditados, así lo requiera. La Comunidad de Madrid, en este supuesto, procederá a reincorporar al trabajador en un plazo no superior a dos meses de forma automática, con lo que cesará su suspensión contractual.

Igual derecho se concederá en los supuestos de adopción y acogimiento tanto permanente como preadoptivo, desde la fecha de la resolución judicial o administrativa.

El periodo que el trabajador permanezca en este tipo de excedencia será computable a efectos de antigüedad y el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional a cuya participación será convocado si así lo solicita.

La reincorporación se realizará de forma automática y se producirá en el mismo turno y Centro de trabajo.




Fuente Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid

http://www.madrid.org/funcion_publi..._convenio_copia(1).htm
 




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Mensaje Re: Conciliación De Turnos Para Madres Que Trabajan En 112 
 
El 112 niega la reducción de jornada a tres operadores en Semana Santa
E. G. SEVILLANO - Madrid - 27/03/2010

"Puede producirse una perturbación del servicio con un grado de intensidad elevado". Es el motivo que esgrime el organismo autónomo Madrid 112 para denegar a tres operadores una reducción de jornada laboral en Semana Santa. Los tres habían solicitado trabajar menos horas para ocuparse de sus hijos menores de 12 años. En uno de los casos, una trabajadora pedía reducir únicamente una hora su turno. El convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad de Madrid permite disminuir la jornada hasta la mitad, con una reducción proporcional del salario, para ocuparse de un menor de 12 años, un anciano o un disminuido.

Un portavoz del 112 aseguró que, en vacaciones, se puede denegar la reducción por "necesidades del servicio". Se basa en dos informes, uno del director del centro y otro de la Dirección General de la Función Pública. En cambio, un portavoz de los servicios jurídicos de UGT explicó que el convenio colectivo prima sobre cualquier informe, que no es más que "una interpretación que lleva a cabo la propia Administración". Se trata, añadió, de "un derecho que no se puede limitar en jornada vacacional; la Administración tiene que prever que existen esos periodos y poner los medios para cubrirlos". El comité de empresa del 112 recordó que no se convocan plazas de operador desde 2007.


http://www.elpais.com/articulo/madr...327elpmad_8/Tes
 



 
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Mensaje Re: Conciliación De Turnos Para Madres Que Trabajan En 112 
 
Hola.

Soy coordinadora del 112 Almería y estoy plenamente afectada por este tema. Tanto que hoy ya he dado el primer paso para una demanda contra mi empresa (una subcontrata de la Junta de Andalucía). Mi problema es que no acepta la reducción de jornada y horarios que yo he pedido...sin entrar en más detalles.

Digamos que tener dos hijos y un marido que también trabaja a turnos, me ha supuesto tener que pedir una excedencia hasta que el asunto se solucione, y como consecuencia mi situación anímica se está viendo resentida....aunque....se han encontrado con una luchadora que quiere seguir trabajando, criar a sus hijos y una vida familiar aceptable.

Espero poder contaros un día que todo se ha solucionado, que mi empresa ha buscado una solución (la cual he intentado antes de llegar a la demanda) y que yo vuelvo a ser una coordinadora más en el 112 Almería.

 Very Happy  Very Happy  Very Happy
 



 
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Mensaje Re: conciliación de turnos para madres que trabajan en 112 
 
MICA69 Escribió: [Ver Mensaje]
Hola.

Soy coordinadora del 112 Almería y estoy plenamente afectada por este tema. Tanto que hoy ya he dado el primer paso para una demanda contra mi empresa (una subcontrata de la Junta de Andalucía). Mi problema es que no acepta la reducción de jornada y horarios que yo he pedido...sin entrar en más detalles.

Digamos que tener dos hijos y un marido que también trabaja a turnos, me ha supuesto tener que pedir una excedencia hasta que el asunto se solucione, y como consecuencia mi situación anímica se está viendo resentida....aunque....se han encontrado con una luchadora que quiere seguir trabajando, criar a sus hijos y una vida familiar aceptable.

Espero poder contaros un día que todo se ha solucionado, que mi empresa ha buscado una solución (la cual he intentado antes de llegar a la demanda) y que yo vuelvo a ser una coordinadora más en el 112 Almería.

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Te deseo de todo corazón que se te arregle la situación laboral. No te dejes achicar, no te deprimas, aquí tienes un sitio donde mantenerte en contacto con "el mundillo", y seguro que tus experiencias nos pueden resultar muy enriquecedoras a todos los profesionales del sector.

Mucho ánimo y, si quieres, aporta los datos que puedas según se solvente la situación, para que puedan ayudar a otras trabajadoras en tu misma situación.

Saludos.
 




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Juan Luis de Castellví Guimerá
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