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Confirman un proceso penal a dos médicos del Materno

Antonio F. de la Gándara-Las Palmas de Gran Canaria

La Audiencia ha confirmado la apertura de un proceso penal contra los médicos del Materno M.A.T.A. y J.A.G.H., este último jefe de servicio, como supuestos responsables de un delito de lesiones imprudentes presuntamente causadas a una mujer que tuvo 14 horas a su bebé muerto en el útero.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por los médicos del Hospital Materno Infantil de Las Palmas J.A.G.H. –jefe de Servicio– y A.T.A. –ginecóloga– contra el auto del Juzgado de Instrucción número 1 de Las Palmas que el 13 de enero de 2006 acordó incoarles un procedimiento penal abreviado como presuntos responsables de un delito de lesiones por imprudencia.

El procedimiento se refiere al caso de una mujer que, a sabiendas de que el hijo que iba a alumbrar había muerto por causas imprevisibles, estuvo 14 horas esperando a dar a luz, ya que la médico no decidió a tiempo qué debía de hacer y ordenó en primera instancia un parto vaginal, aunque finalmente se decantó por la cesárea.

El supuesto delito no tiene relación con la muerte del bebé, sino con el daño psíquico que sufrió la madre. «El retraso en la elección de cesárea» expone el auto original, «produjo un daño psíquico» a la paciente «que precisó 700 días para su curación, con asistencia facultativa inicial seguida de controles psiquiátricos periódicos».

La Audiencia ha estimado que en el actual momento procesal no concurren razones para archivar el caso, como solicitaban los médicos en su recurso, y sí para llevarlo a juicio oral, toda vez que el juez instructor, dice la Sala, «ha valorado las diligencias de investigación obrantes en la causa, en concreto el informe médico forense, así como el historial médico aportado, deduciendo de ellos la existencia de una negligencia médica debido al retraso en indicar la práctica de la cesárea, la cual debió realizarse desde un inicio, según el informe forense, dada la situación de la paciente y que el feto fallecido se encontraba en situación de podálica» (con los pies por delante).

Según ha podido saber este periódico, el fiscal no presenta cargos contra los médicos, pero sí lo hace la afectada, personada como acusación particular.

«Obligado programar cesárea»

Según el auto que acordó la transformación de las diligencias previas en proceso penal, la paciente, de 32 años, primeriza y con antecedente de cicatriz uterina, ingresó en el Materno el 24 de julio de 2000 por urgencias en la semana 36 del embarazo, al presentar «control tensional patológico». Permaneció asintomática hasta el 29 de julio, y ese día fue trasladada a la sala de partos al presentar dolores. Tras diversas vicisitudes, se le practicó una ecografía que objetivó «feto en podálico con ausencia de latido cardiaco y signos ecográficos de desplazamiento placentario». Según el juez, los antecedentes de la paciente, especialmente la cicatriz uterina, «obligaban a programar una cesárea», pero la doctora A.T.A. «indicó el parto vaginal, y ello a pesar de que el feto se presentaba en podálica y los antecedentes» de la paciente. «Tras más de 14 horas de espera», expone el auto, «finalmente se realizó cesárea, con hemoperitoneo (sangrado) importante y rotura uterina». El retraso en la elección de cesárea, concluye el juez a la vista del informe forense, «produjo un daño psíquico» en la paciente, que tardó en curarse 700 días.


http://www.canarias7.es/articulo.cfm?id=91070
  




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Juan Luis de Castellví Guimerá
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