El Supremo invalida el plan de emergencias de Cofrentes
Las nucleares no deberían funcionar sin tener este documento, por lo que la sentencia del Alto Tribunal crea un vacío legal
J. A. Z.| COFRENTES
La sección quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado los Planes de Emergencia Nuclear Exterior de las centrales españolas, que fueron aprobados por el Consejo de Ministros en junio de 2006. De esta manera las instalaciones de Cofrentes se quedan sin un documento clave para que puedan funcionar.
El Alto Tribunal ha estimado el recurso de la Asociación de Municipios Afectados por Centrales Nucleares (AMAC). Según señalaron en este recurso, en la elaboración de los citados planes "no se respetaron" los trámites para la aprobación de disposiciones de carácter general, concretamente escuchar a este colectivo.
Fuentes de AMAC aseguraron ayer que, en una primera valoración y todavía sin haber visto la sentencia, la decisión del Supremo "crea un vacío legal porque las centrales nucleares no pueden funcionar sin estos planes de emergencia". No obstante, entendían que la decisión "no va a suponer que se cierre" ninguna de estas instalaciones pero sí "que los planes de emergencia vuelvan a negociarse de inmediato pero teniendo en cuenta la opinión de los alcaldes afectados".
Así, la Dirección General de Protección Civil deberá dirigirse en próximas fechas al alcalde de Cofrentes, Raúl Ángel Balufo, para concretar con él y con las primeras autoridades de poblaciones como Teresa de Cofrentes, Jalance, Jarafuel o Cortes de Pallás el nuevo documento sobre las medidas a adoptar en el caso de que se produzca una emergencia en la nuclear valenciana.
Búsqueda de soluciones
El gerente de AMAC, Mariano Vilad'Abadal, celebró la decisión del Supremo. Las principales carencias de los planes que han quedado anulados, precisó, es que "no se han tenido en cuenta" algunos aspectos como la participación de los ayuntamientos en la preparación de las acciones y en algunos grupos de control, la determinación de los medios humanos en las emergencias nucleares.
Además, Vilad'Abadal exigió que en la aplicación de los citados planes se actúe con una "mayor coordinación y no con criterios de jerarquía".
"Ahora tendremos que trabajar con Protección Civil, lo más rápido posible, enviarlo para que el Consejo de ministros pueda aprobarlo habiendo dado audiencia a los municipios", sentenció. Si hasta entonces hubiera una emergencia, los planes anulados se aplicarían "de forma coordinada con quien sea".
La sentencia del máximo tribunal deduce que los planes obligan a los municipios incluidos en su radio de acción a través de una seria de reglas de general aplicación en situaciones de emergencia nuclear. Por este motivo, señala que aunque las poblaciones afectadas estén representadas en la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) esto "no evita ni puede sustituir" la audiencia de los municipios "directamente afectados" por los Planes de Emergencia Nuclear exteriores a las centrales nucleares.
El primer edil de Cofrentes se mostró sorprendido por la sentencia del Supremo y aseguró que se informaría para tratar de ver qué camino había que seguir a partir de esta decisión.
Ahora se abre un proceso, que debe ser lo más corto posible, para negociar los nuevos planes. "Es posible que algunos vuelvan a ser iguales, pero al menos ase habrá tenido en cuenta la opinión de los municipios afectados", según manifestaron desde AMAC. Hay que recordar que una población como Requena ya tiene una instalación para poder eliminar los residuos radioactivos de personas y vehículos.
http://www.lasprovincias.es/valenci...s-20090122.html