Cita:ENFERMEROS: MÁS DESARROLLO PROFESIONAL Y NO TANTO TÍTULO
¡Y A NOSOTROS, COMO ENFERMEROS, SE NOS EXIGE "SABER" DERECHO!
Acabo de participar en una Mesa, tres ponentes, dos Enfermeros y un catedrático de Derecho ¡No podía entender lo que escuchaba: que el Equipo sanitario también estaba constituido por profesionales de formación profesional. Y vino a cuento porque el Jurista reprodujo de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias los artículos 7.2 y la letra a) de este párrafo, y los puso en relación con parte del contenido del artículo 9º de esa misma Ley. En concreto, ese párrafo dice: "Cuando una actuación sanitaria se realice por un equipo de profesionales, se articulará de forma jerarquizada o colegiada, en su caso, atendiendo a los criterios de conocimientos y competencia, y en su caso al de titulación, de los profesionales que integran el equipo, en función de la actividad concreta a desarrollar, de la confianza y conocimiento recíproco de las capacidades de sus miembros, y de los principios de accesibilidad y continuidad asistencial de las personas atendidas" ¿Se han enterado de algo? No ¡Pues yo tampoco!
¡Desde luego que a quien redactó este párrafo, una vez hubo terminado, se le caería el pelo de tanto pensar. ... jerarquizada, ... colegiada, ... titulación, ... actividad concreta, ... confianza, ... conocimiento recíproco, ... capacidades de sus miembros, ... ¡Madre mía!, el lío que se ha montado el autor del texto!
¡MIREN!, desde el punto de vista de asistencia directa al paciente, existen dos Profesiones (con mayúscula) Sanitaria: Médico y Enfermero. Que intervienen otros, ¡es evidente! Previo a esta Ley de Ordenación recordamos que se aprobó la Ley de Cohesión y Calidad, y es en esta Ley donde se definió la Unidad Básica asistencial en las unidades de urgencias, constituida por Médico y Enfermera. En el Derecho no puede haber lagunas, y cuando la norma concreta no prevé un caso supuesto de hecho se acude o a la analogía o a la supletoriedad. Pues bien, si la Ley de Ordenación no aclara, como era su obligación, de qué Profesiones (con mayúscula, insistimos) Sanitarias está constituido el equipo, jurídicamente tenemos que acudir al referente más próximo; y ese referente es la Ley de Cohesión y Calidad (legalmente hablando); y, además, históricamente siempre ha sido así. (...)
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Recomiendo su lectura completa, que estoy seguro de que habrá opiniones para todos los gustos.





















