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1-1-2 Madrid
MADRID 1-1-2 ¿EN QUÉ PUEDO AYUDARLE? ...
El Servicio 1-1-2 en la Comunidad de Madrid consiste, básicamente, en:
La atención de las llamadas de urgencia, al número telefónico 1-1-2, realizadas por los ciudadanos en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y, entre ellas, las que requieran atención sanitaria, extinción de incendios y salvamento, seguridad ciudadana, de protección civil, cualquiera que sea la Administración Pública competente para la prestación material de la asistencia requerida en cada caso.
El tratamiento y evaluación de las llamadas de urgencias, al teléfono único 1-1-2, según las directrices de actuación aprobadas por el órgano competente en materia de protección ciudadana de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con los convenios de colaboración que se establezcan con las Administraciones públicas o entidades competentes para la prestación material de asistencia o, en su caso, con los protocolos que se aprueben por la Consejería competente de la Comunidad de Madrid.
La transmisión del requerimiento de asistencia a los servicios competentes para su prestación material, contribuyendo, en su caso, a la coordinación de los mismos.
La creación y mantenimiento de los ficheros relativos a demandantes de asistencia de urgencias y a personas cuya actividad o ubicación puedan determinar el modo en que haya de presentarse dicha asistencia.
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SAMUR y SUMMA 112
Servicio de Asistencia Municipal de Urgencia y Rescate, SAMUR
El Departamento SAMUR-Protección Civil surge de la transformación del antiguo Parque de Ambulancias Municipales, iniciada el 22 de Diciembre de 1992. Actualmente su misión es la asistencia a cualquier emergencia sanitaria que se produzca en la vía pública o local público en el término municipal de Madrid, así como la atención a las catástrofes o calamidades públicas mediante la puesta en marcha del Procedimiento Municipal de Emergencias Sanitarias (dentro de la respuesta integral a las emergencias del Ayuntamiento de Madrid).
Para llevar a cabo este cometido las unidades operativas de guardia se ubican en 15 bases operativas distribuidas estratégicamente en el municipio, lo que permite asignar zonas de intervención para garantizar un tiempo mínimo de respuesta en condiciones normales. Una unidad de SVA tarda en llegar al lugar 8 minutos y 38 segundos desde la activación, oscilando este tiempo entre los 7 minutos y 48 segundos del turno de noche a los 9 minutos 7 segundos del turno de mañana.Una unidad de SVB da un tiempo de respuesta de 8 minutos y 49 segundos, que fluctúa entre los 8 minutos y 13 segundos del turno de noche a los 9 minutos 25 segundos de la mañana.
Servicio de Urgencias Médicas de Madrid. SUMMA 112.
El SUMMA112, nace de la conjunción de dos servicios sanitarios de urgencias, siendo en la actualidad el Servicio de Urgencias Médicas de Madrid, y tiene asignada la misión de la atención sanitaria a las Urgencias, Emergencias, Catástrofes y situaciones especiales, en la Comunidad Autónoma de Madrid. Además, es referente en la coordinación funcional entre los distintos niveles asistenciales.
Los dos Servicios de urgencias que ofrecían asistencia sanitaria urgente y de emergencia en la Comunidad de Madrid eran el 061 y el SERCAM.
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Otros
BESCAM
Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Madrid (BESCAM) es la denominación que recibe un cuerpo especial dentro de las policías locales de la Comunidad Autónoma de Madrid. A mediados de 2006, 1.500 agentes, repartidos en 34 municipios, integraban estas brigadas.
Las BESCAM fueron creadas en 2004, por iniciativa del gobierno regional presidido por Esperanza Aguirre, siguiendo el programa del denominado Proyecto de Seguridad de la Comunidad de Madrid y una serie de acuerdos con determinados ayuntamientos de la región.
Dado que el gobierno de la Comunidad de Madrid no tiene competencias para la creación de una policía autonómica propia, tal y como sucede en el País Vasco y Cataluña, la Comunidad de Madrid firma un acuerdo con cada ayuntamiento en el que se pone en marcha una brigada. Las BESCAM, por tanto se consideran parte de la policía local, pese a que los agentes de estos cuerpos tienen uniformes y vehículos propios y realizan su formación de forma separada, lo que, a nivel formal, recuerda a una auténtica policía autonómica tal como la Ertzaintza o los Mossos d'Esquadra.
Dirige y ejecuta la política del Gobierno de Madrid en materia de sanidad, ejerciendo la función de autoridad sanitaria. Sus funciones incorporan las propiamente asistenciales, el apoyo científico y técnico a los servicios asistenciales, la formación de los profesionales sanitarios, y el tratamiento sanitario de las drogodependencias, así como las correspondientes a la Dirección General de Consumo y el Instituto Regional de Arbitraje de Consumo .
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Re: 1-1-2 Madrid
Cualquier persona, profesional remunerado o no, que quiera montarse en una ambulancia en la Comunidad de Madrid (Sea médico, DUE o TES) tiene que estar inscrito en un Registro de Profesionales Sanitarios de la Comunidad de Madrid.
Dejo por aquí los datos y la web de la Agencia Pedro Laín Entralgo.
Un saludo.
Cita:
Agencia para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid Pedro Laín Entralgo
Datos de interés
Director General:: Ilmo. Sr. D. Andrés Castro Bande.
Dirección: C/ Gran Vía, 27
Código Postal: 28013
Distrito: Centro
Teléfono: 91 308 94 00 / 91 308 95 99
Fax: 91 308 94 58
Horario:
Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 h. a 14:00 h.
Trasportes Próximos: Consorcio Regional de Transportes
Dependencia jerárquica
Viceconsejería de Ordenación Sanitaria e Infraestructuras de la Consejería de Sanidad.
Referencia Legal Normativa
* Ley 12/2001, de 21 de diciembre, en su título X, crea la Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid ( BOCM nº 305, de 26 de diciembre ).
* Decreto 139/2002, de 25 de julio, que establece el régimen jurídico y de funcionamiento de la Agencia de Formación ( BOCM nº 185, de 6 de agosto ).
* Decreto 227/2003, de 24 de noviembre, por el que se modifican parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid. ( BOCM nº 281, de 25 de noviembre ).
* Decreto 53/2004, de 1 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el régimen jurídico y de funcionamiento de la Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid ( BOCM nº 79, de 2 de abril ).
* Decreto 22/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad (BOCM nº 84, de 9 de abril)
Normativa nombramiento
Director General: Decreto 34/2006, de 20 de abril (BOCM nº 96, de 24 de abril)
Observaciones
Competencias
Formación continuada de las profesiones sanitarias para los
trabajadores de la Consejería de Sanidad.
Formación de especialistas sanitarios para los trabajadores de la Consejería de Sanidad.
Recomocimiento de interés sanitario y actividades de asociaciones, empresas, fundaciones, etc. que lo soliciten.
Subvenciones a entidades para la realización de cursos.
Gestión y financiación de becas de la Fundación Jorge Francisco Tello Muñoz.
Comisión de Acreditación de Formación continuada de las Profesiones Santiarias.
Acreditación de cursos de Transporte Sanitario.
Homologación de títulos de profesionales sanitarios en el ámbito de la Unión Europea.
Fecha y hora actual: Jue 04 Dec, 2008 22:36 | Todas las horas están en UTC + 1 Hora
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