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Policías en ambulancias
Hace dos días pude ver un documento de un comité de empresa de una empresa de ambulancias que trabaja para un 112, en el que pedía a su personal que se negara a trasladar enfermos mentales si la policía no iba a bordo. Argumentaban que los agentes están obligados a acompañarles, lo cual es falso, como paso a explicar a continuación:
En los casos en que se reduce a un enfermo mental, o paciente agresivo, se puede recabar la ayuda de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para subirlo a bordo e inmovilizarlo, y en los casos más extremos podrán escoltar a la ambulancia, que se detendrá en caso de problemas para que los agentes que les siguen les puedan ayudar, pero nunca irán a bordo. (salvo que lo hagan como decisión personal).
En aquellos casos en que se traslade a detenidos o presos, sí que irá acompañando al detenido un agente mientras el otro sigue a la ambulancia con el coche. Lo normal es que los traslados de presos o detenidos se hagan en vehículos policiales, si se pide una ambulancia suele ser porque el estado del paciente-detenido es tan grave que requiere ambulancia y por tanto no es un peligro para la dotación, con lo cual incluso podrían seguir a la ambulancia una vez inmovilizado el paciente en la camilla.
En unas jornadas sobre el tema, un alto mando de la Guardia Civil hizo un comentario muy acertado respecto a la colaboración de las FF y CC de Seguridad en casos de enfermos psiquiátricos, algo como: "los enfermos mentales no son delincuentes, no podemos esposarles porque sí, además, esa persona que no parecía cuerda luego tiene la suficiente lucidez como para denunciar al policía o al guardia civil por un delito de detención ilegal".
Espero que eso responda el por qué de las reticencias de algunos agentes a la hora de colaborar. De todos modos la máxima autoridad en estos casos es el médico, pero deberá identificarse para constar en el atestado o diligencia policial a los efectos oportunos. Comento esto porque he oído a algunos policías quejarse de que algunos facultativos se negaban.
Para los traslados involuntarios hay dos maneras. Orden judicial y orden médica. La orden judicial la emitirá un juez o magistrado tras valorar todos los informes del paciente y las declaraciones de su familia e incluso de su médico. En cambio la orden médica de urgencia ha de ser firmada por un médico in situ, que haya evaluado al paciente y firme el informe además de identificarse ante los policías con su nombre, número de colegiado y centro de trabajo.
Si hay más dudas al respecto será un placer aclararlas.
Por tanto.
Sí se puede trasladar en básica, pero una vez que un médico haya evaluado si el traslado va a ser involuntario.
La policía NO está obligada a subirse en la ambulancia. Si lo hace voluntariamente, NO debe dejar su arma como algunos piden.
En los casos en que se reduce a un enfermo mental, o paciente agresivo, se puede recabar la ayuda de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para subirlo a bordo e inmovilizarlo, y en los casos más extremos podrán escoltar a la ambulancia, que se detendrá en caso de problemas para que los agentes que les siguen les puedan ayudar, pero nunca irán a bordo. (salvo que lo hagan como decisión personal).
Con esto quiero decir que es potestativo de los agentes, ya que su régimen interno tiende a que no deban separarse ni subirse a un recurso ajeno. De modo que será decisión personal del agente subirse o no a la ambulancia. Hago esta concreción porque ya me han expresado la duda al respecto.
Al hilo de lo que comentas se podría añadir el protocolo de actuación que utiliza el SAMUR de Madrid con respecto a pacientes psiquiátricos. Es de todos conocidos la utilización de una unidad especial para este tipo de traslados y del material de autoprotección que se les facilita a los Técnicos para evitar posibles lesiones provocadas por los pacientes.
Se que es un sueño poder contar con este tipo de material, ya que aun hay muchas unidades que ni siquiera tienen casco para su personal, pero con el tiempo y un estudio detallado del número de traslados de psiquiátricos anuales, se podría hacer ver a los responsables de su necesidad.
En cuanto a la parte legal; es evidente la falta de predisposición por las partes implicadas, y sobre todo la falta de seguridad para el personal sanitario, puesto que como dice el alto mando de la Guardia Civil; si a ellos les pueden denunciar por detención ilegal (que a fin de cuentas no es otra cose que evitar la privación de libertad y movimiento de una persona), que les puede pasar a los sanitarios.
Ahora bien, se puede utilizar las interpretaciones legales a nuestro favor; un técnico de emergencias nunca privará de la libertad de movimiento de un paciente, simplemente evitará que el propio paciente se autolesione, y para ello se le protegen las manos, los pies y la cabeza a la camilla.
Este último aspecto sería referente al traslado del paciente por una ambulancia, ¿pero qué ocurre antes de meterlo en la ambulancia?, ¿Quién lo reduce o inmoviliza? Aunque el mando de la Guardia Civil sea reticente a detener al paciente, tiene el deber de colaborar.
Recientemente se utilizó una TASER para reducir a un paciente psiquiátrico "agresivo"; una vez reducido se procedió a su traslado, se notifico al juzgado y ni siquiera ha trascendido a la opinión pública.
Queda evidente la necesidad de retomar este tema en otra jornada técnica, con el objetivo de intentar redactar un procedimiento que este asesorado por la parte sanitaria, la parte policial y sobre todo por la parte judicial.
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Re: Policías en ambulancias
Efectivamente, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad vienen obligadas a colaborar en la reducción e inmovilización de estos pacientes, especialmente si ello reviste peligrosidad. No obstante, el Colegio de Enfermería ha impartido algunos cursos para darle a los enfermeros los conocimientos necesarios para hacerlo por si mismos y evitar que pacientes agresivos les lesionen. Legalmente, una vez firmada la orden médica realmente no necesitamos la presencia policial, aunque siempre sea deseable.
Yo mismo he estado presente en traslados involuntarios, con pacientes que se niegan a ser trasladados pero no están agresivos, y una vez firmada la orden por el médico in situ, se ha trasladado sin necesidad de policía.
Por tanto, sí, la policía debe colaborar con los sanitarios hasta tener al paciente correctamente contencionado, una vez bien sujeto ¿para qué hace falta que vayan en la ambulancia? Es una pregunta retórica por si no se había notado
Respecto a lo de las jornadas:
Cita:
Agentes de seguridad y emergencias de Lanzarote aprenden técnicas de actuación psicológicas ante suicidas (14/11/2007)
Medio centenar de profesionales de seguridad y emergencias de Lanzarote aprendieron las técnicas de intervención psicológica más adecuadas para evitar intentos de suicidio en la jornada “Atención a suicidas”, organizada por la de Academia Canaria de Seguridad, adscrita a la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad.
En la sesión, que se celebró el 14 de noviembre en el Salón de Actos del Cabildo de Lanzarote, se abordaron tanto las pautas de actuación psicológica para evitar intentos de suicidio de las personas que amenazan con quitarse la vida, como los aspectos jurídicos de la intervención y el posterior traslado de la víctima.
La primera parte de la jornada, impartida por el psicólogo clínico, Marcos Martín, se dedicó al estudio del suicidio, los factores que causan este tipo de conducta, los tipos de tentativas suicidas y las estrategias para afrontar estas situaciones. En la segunda parte de la jornada, se analizaron todos los aspectos relacionados con el trastorno mental, abordado desde el punto de vista jurídico y el sanitario. Así, se estudió la tipificación en el código penal del suicidio, el delito de detención ilegal, el protocolo de contención física y el traslado del paciente. Desde el punto de vista sanitario, el técnico en emergencias sanitarias, Juan Luis de Castellví, trató temas como la atención al enfermo psiquiátrico, los procedimientos de actuación ante pacientes con trastorno mental, las urgencias psiquiátricas y los diferentes tipos de resolución de la intervención según la documentación que se posea y la actitud del paciente.
El programa formativo, de cuatro horas lectivas, combinó las exposiciones teóricas con ejemplos prácticos de casos reales basados en las experiencias profesionales y los conocimientos académicos de los docentes.
Con la celebración de esta jornada, la Academia Canaria de Seguridad, que dirige Victor Tomás Chinea, suma un total de 14 acciones formativas impartidas en la isla durante este año. Más de 250 agentes de seguridad y emergencias de Lanzarote se han formado en la institución en este ejercicio en materias como la intervención con menores, técnicas de conducción policial con automóviles y motocicletas, operador de radar y etilometría o control en emergencias, entre otros temas.
Está previsto que se repita en el resto de islas, y también han mostrado su interés otras Comunidades Autónomas.
Ahora bien, se puede utilizar las interpretaciones legales a nuestro favor; un técnico de emergencias nunca privará de la libertad de movimiento de un paciente, simplemente evitará que el propio paciente se autolesione, y para ello se le protegen las manos, los pies y la cabeza a la camilla.
Si te llevas a un paciente contra su voluntad de su domicilio lo estás deteniendo. Y por tanto podrías incurrir en un delito de detención ilegal
Artículo 163.
1. El particular que encerrare o detuviere a otro, privándole de su libertad, será castigado con la pena de prisión de cuatro a seis años.
2. Si el culpable diera libertad al encerrado o detenido dentro de los tres primeros días de su detención, sin haber logrado el objeto que se había propuesto, se impondrá la pena inferior en grado.
3. Se impondrá la pena de prisión de cinco a ocho años si el encierro o detención ha durado más de quince días.
4. El particular que, fuera de los casos permitidos por las leyes, aprehendiere a una persona para presentarla inmediatamente a la autoridad, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.
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Re: Policías en ambulancias
Es importante destacar que la policía no es "notario de las ambulancias", ya que muchas veces se peca de querer presencia policial "para que den fe o quede constancia" de lo correcto de nuestra actuación sanitaria. Insisto, con orden médica o judicial de traslado involuntario, no hay nada que temer legalmente, otra cosa es que haya que reducir a John Cena el de la lucha libre americana...
Ejemplo de caso complejo, no es la primera vez que pasa. En Canarias un policía nacional disparó a un psiquiátrico que intentó asesinar el técnico de la ambulancia con un cuchillo y en Cataluña un Mosso tuvo que matar a un esquizofrénico que iba a asesinarle con un pico:
Cita:
Un guardia civil abate de un disparo a un hombre que intentó apuñalarle
El agresor, que resultó herido en una pierna, amenazó con un cuchillo a los vecinos
ANA CASANOVA ENGUERA
Un guardia civil abatió de un disparo en la pierna a un enfermo de esquizofrenia que le intentó apuñalar en Enguera. El agresor se atrincheró en su vivienda tras amenazar a varios vecinos del inmueble con un cuchillo jamonero.
Los hechos ocurrieron a última hora de la tarde del domingo en el número 37 de la avenida Constitución en la citada localidad. Tras una hora y media de gran tensión, el enfermo mental fue reducido por la Guardia Civil, que tuvo que entrar a la fuerza en la casa.
El hombre recibió un impacto de bala con orificios de entrada y salida a la altura de la rodilla. Además, presentaba una herida profunda de arma blanca que él mismo se infligió, por lo que fue trasladado con urgencia al Hospital Luis Alcañiz de Xàtiva. Posteriormente, una ambulancia llevó al herido al Hospital General de Valencia, donde se recupera favorablemente.
Graves incidentes por la mañana
El enfermo de esquizofrenia se sentó sobre las doce del mediodía del domingo en la escalera de su edificio con un cuchillo jamonero en la mano.
La actitud amenazante de Cristóbal V. S., de 37 años de edad, asustó a los vecinos. "A todos los que pasábamos cerca de él nos decía que nos iba a matar", según manifestó uno de los afectados.
De vez en cuando, el enfermo mental entraba en su casa, una planta baja, pero poco después volvía a salir para intimidar a los vecinos y a otras personas que pasaban por la avenida Constitución. Incluso, Cristóbal V. S. persiguió con el cuchillo en la mano a un hombre, que se refugió en la casa de sus padres tras cerrar la puerta.
Horas después de las primeras amenazas, sobre las siete y media de la tarde, uno de los vecinos llamó al retén de la Policía Local de Enguera y explicó lo que estaba ocurriendo en el inmueble de la citada localidad.
Una patrulla de la Policía Local acudió con urgencia al lugar, y seguidamente llegaron varios agentes más de la Guardia Civil.
Cristóbal V. S., al advertir la presencia policial, se atrincheró en su vivienda. Los agentes aconsejaron a los vecinos que permanecieran en sus casas hasta que la situación volviera a la normalidad.
El hombre no atendía a los requerimientos de la Guardia Civil para que abriera la puerta. Durante cerca de una hora y media, varios agentes intentaron convencer, con gran paciencia, al enfermo mental para que depusiera su actitud. Al final, tuvieron que emplear la fuerza y rompieron la puerta de la vivienda a golpes con una maza.
Un disparo
Uno de los agentes que entró en la casa se vio obligado a efectuar un disparo con su arma reglamentaria para repeler la agresión de Cristóbal V. S. Este intentó acuchillar al agente, pero la rápida actuación del guardia civil evitó males mayores a él y a los demás efectivos.
El grave incidente que tuvo lugar el domingo en Enguera no es el primero que protagoniza este enfermo mental.
Hace dos meses, Cristóbal V. S. intentó agredir con un cuchillo a los clientes de una gasolinera y de un bar, así como a varios vecinos de la población, situada en la provincia de Valencia.
Al parecer, el hombre sufre una adicción a las drogas, lo que aumenta su agresividad, según informaron fuentes policiales.
"Es una persona que necesita tratamiento, y las autoridades deben tomarse más en serio este caso, porque el domingo se rozó la tragedia en Enguera", manifestó un vecino de la localidad afectado por los sucesos ocurridos.
No encuentro motivo alguno para que un policía acompañe a un enfermo mental en una ambulancia. No soy sanitario pero me imagino que como en cualquier traslado, éste debe realizarse con las medidas de seguridad correspondientes. Yo no trasladaría a un detenido sin haberlo cacheado con anterioridad o sin los grilletes puestos; en la ambulancia si el enfermo está agresivo me imagino que será trasladado contencionado, entonces, para qué el policía. Por supuesto, jamás me separaría de mi arma, ni para intervenir dentro de una ambulancia ni, como algún médico ha solicitado, estar presente cuando el facultativo procede a su diagnóstico. Quitarle los grilletes es bajo la responsabilidad del médico que lo tenga que observar, pues si lo traigo esposado, generalmente no es por gusto, es por que está agresivo o ha intentado evadir la acción policial y, por último, como policía sólo recibo ordenes de mis superiores jerárquicos, como mucho, puedo colaborar en una actuación con el personal sanitario pero, bajo ningún concepto, el facultativo es mi máxima autoridad. Un último apunte, en el cuerpo de Policía donde presto servicio, la única baja que se ha producido en acto de servicio fue hace años por un navajazo en el cuello a un compañero por parte de una mujer que sufría de esquizofrenia.
y, por último, como policía sólo recibo ordenes de mis superiores jerárquicos, como mucho, puedo colaborar en una actuación con el personal sanitario pero, bajo ningún concepto, el facultativo es mi máxima autoridad.
El comentario de que el médico es la máxima autoridad va referido a que es quien puede ordenar (junto con los jueces), el traslado involuntario del paciente, pero se lo indicará al jefe de la dotación policial que organizará a su gente como le parezca oportuno, no tiene por qué intentar darle órdenes a los agentes actuantes, que sólo obedecen a sus mandos naturales.
Es un tema peliagudo con el que nunca estaremos contentos ninguna de las partes.
A mi jamás se me ocurre meter un enfermo psiquiatrico o violento en una ambulancia si previamente no está sedado y siempre emito un informe judicial con las circunstancias del traslado.
En mi ambulacia hemos ido, en más de una ocasión, acompañados por Policia Local o Nacional, y siempre por decisión de ellos.
Hubo un caso concreto, en que tuve que "discutir" con la autoridad porque se trataba de un paciente con una orden de alejamiento judicial y estaba en la casa familiar bastante agresivo, yo le sedé y solicité una ambulancia convencional para que fuera acompañado por la policia.
Vayamos por partes:
1º No se comete delito de detención ilegal, aunque se actúe contra su voluntad, se entiende que tiene las facultades mentales mermamadas para decidir sobre sí mismo, que eso lo tiene que valorar un facultativo o un juez por asesoramiento del mismo, en esos casos no existe detención ilegal, ni secuestro, ni nada que se le parezca.
2º El Agente no está obligado a entrar en la ambulancia, más que nada porque no es detenido ni tiene que custodiarlo, otra cosa que de motu propio desea estar porque pueda entrañar un peligro inminente.
3º Antes de meter a alguien dentro de la ambulancia en estado de agresividad, el Agente se asegurara que no lleva nada consigo que pueda lesionar al técnico,médico o enfermero que vaya en la dotación.
4º El reducir para conseguir que la persona no se autolesione o lesione a otra persona, el Agente si tiene que intervenir, ya que prevalece la integridad de la persona en cuestión, ya sea paciente o sanitario(hablo en general para no poner todo otra vez).
5º Los grilletes no se quitan, ya el médico puede patalear lo que quiera, que si está bajo la custodia del Agente ni por asomo se le quitan los grilletes si es una persona agresiva.
6º Si como dice Belladonna tuvo una intervención en que tenía Orden de Alejamiento, eso es QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA, la cual el Agente tiene que actuar de oficio y trasladarlo a la Autoridad Judicial.
7º Si los sanitarios se niegan a trasladar a un paciente que necesita ingreso y que ya un facultativo o juez ha dado la orden de ingreso, pueden incurrir en un delito.
Terminando todas las cuestiones en sí, el subirse a una ambulancia es criterio del Agente o porque lo ordena su inmediato superior.
El traslado siempre se hará con el vehículo oficial detrás de la ambulancia, de acompañamiento.
Se me olvidaba Etadeo, con el hombre del cuchillo, no sale en la noticia que fuese a ser trasladado por una ambulancia o yo me equivoqué al leerlo, sino que se encontraba en la escalera sentado con un cuchillo jamonero.
Casualmente en la guardia de ayer, hemos tenido que atender a una paciente agitada y agresiva, a nuestra llegada la paciente estaba inmovilizada con los grilletes puestos, la hemos sedado y una vez hecho esto la hemos subido a la ambulancia, y uno de los policias ( Policia Nacional), sin pedirselo yo, se ha ofrecido a acompañarnos en la ambulancia, le he dicho que no era necesario, y que se limitaran a seguirnos en su vehiculo hasta el Hospital de referencia.
El traslado ha finalizado sin incidencias y todos hemos colaborado sin ningún problema.
Creo que, con buena voluntad por parte de todos se resuelven la mayoría de situaciones.
1º No se comete delito de detención ilegal, aunque se actúe contra su voluntad, se entiende que tiene las facultades mentales mermamadas para decidir sobre sí mismo, que eso lo tiene que valorar un facultativo o un juez por asesoramiento del mismo, en esos casos no existe detención ilegal, ni secuestro, ni nada que se le parezca.
Bueno, te contradices en este punto, no existe detención ilegal porque habrá firmado un médico o un juez, pero el problema está en los casos en que no hay médico, que te mandan una ambulancia con los técnicos y una patrulla de la policía ¿es ilegal llevarse a esa persona contra su voluntad? yo diría que sí podría serlo, habrá que hilar fino.
belladonna Escribió:
Creo que, con buena voluntad por parte de todos se resuelven la mayoría de situaciones.
1º No se comete delito de detención ilegal, aunque se actúe contra su voluntad, se entiende que tiene las facultades mentales mermamadas para decidir sobre sí mismo, que eso lo tiene que valorar un facultativo o un juez por asesoramiento del mismo, en esos casos no existe detención ilegal, ni secuestro, ni nada que se le parezca.
Bueno, te contradices en este punto, no existe detención ilegal porque habrá firmado un médico o un juez, pero el problema está en los casos en que no hay médico, que te mandan una ambulancia con los técnicos y una patrulla de la policía ¿es ilegal llevarse a esa persona contra su voluntad? yo diría que sí podría serlo, habrá que hilar fino.
No me he contradicho, no es detención ilegal si lo firma un médico o un juez, ahora bien si pones el caso de que vienen unos técnicos y hay que realizar un traslado en el cual la persona está muy agresiva, se hace lo que se llama una Diligencia a Prevención informando a su señoría de lo que ha pasado, se escribe y se explica las razones que han motivado ese traslado, es más un técnico si tiene que realizar ese tipo de traslado ya ha sido ordenado por su médico correspondiente o por el de sala, lo cual hay constancia de ello.
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Re: Policías en ambulancias
Pues esto no termino de verlo claro, la verdad. El técnico ha ido con la indicación de una patología X, se encuentra con un psiquiátrico, pero si no hay orden judicial u orden médica (con el médico in situ), no podrá llevarse al paciente contra su voluntad... que entonces sí podría incurrir en una detención ilegal. Los técnicos, de momento, ni siquiera somos personal sanitario, sino transportistas. Yo no me llevo al paciente contra su voluntad sin orden judicial o sin un médico en el lugar firmando.
Fecha y hora actual: Jue 08 Jan, 2009 01:36 | Todas las horas están en UTC + 1 Hora
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