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¿Se Sabe Algo Más Del FP-I "TES"? [Descargar Tema]
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Mensaje ¿Se Sabe Algo Más Del FP-I "TES"? 
 
Señores, ¿Se sabe algo más del tema del grado médio "Técnico de emergencias sanitarias"?
Para ser más exactos, convalidaciones a título oficial, pruebas, requisitos, experiencia...
  




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Pedro Manuel Serrano
Técnico de Emergencias Sanitarias

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Mensaje Re: ¿Se Sabe Algo Más Del FP-I "TES"? 
 
En principio todo lo que sé es esto: Enlace con el RD: http://www.boe.es/boe/dias/2007/11/24/pdfs/A48178-48211.pdf

Apunte importante de cara a la convalidación, el RD nos dice que se estará a lo que dicta el artículo 49 del REAL DECRETO 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2007/00092)

Artículo 49. Exención del módulo profesional de formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral.
1. Podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia, correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, relacionada con los estudios profesionales respectivos.
2. La experiencia laboral a que se refiere el apartado anterior se acreditará mediante la certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, se exigirá la certificación de alta en el censo de obligados tributarios, con una antigüedad mínima de un año, así como una declaración del interesado de las actividades más representativas.
Artículo 50. Procedimiento de convalidaciones y exenciones.
1. Las solicitudes de convalidación de estudios cursados y de exención por correspondencia con la práctica laboral, con módulos profesionales de los ciclos formativos requieren la matriculación previa del alumno para continuar estudios en un centro docente autorizado para impartir estas enseñanzas.
2. Las convalidaciones que se establecen en el presente capítulo, así como la exención del módulo profesional de formación en centros de trabajo, serán reconocidas por la Dirección del centro docente donde conste el expediente académico del alumno, de acuerdo con lo que establezcan, las Administraciones educativas. La solicitud irá acompañada de la certificación académica oficial de los estudios cursados, o en su caso, del certificado de profesionalidad o de la acreditación parcial a que se refiere el artículo 44.
3. La convalidación o exención de los módulos profesionales que procedan quedará registrada en el expediente académico del alumno, en las actas de evaluación y en la certificación académica, respectivamente, como:
a) Convalidado, en aquellos módulos profesionales que hayan sido objeto de convalidación.
b) Exento, según corresponda, en aquellos casos en los que el módulo profesional de formación en centros de trabajo haya sido objeto de exención.
4. Los módulos profesionales convalidados o exentos no podrán ser computados a efectos del cálculo de la calificación final del ciclo formativo.
5. Las convalidaciones no contempladas en los artículos anteriores deberán ser solicitadas al Ministerio de Educación y Ciencia, que resolverá lo que corresponda en cada caso.

Es decir, la convalidación para aquellos que llevan poco tiempo trabajando es sencilla, pero han de matricularse primero en el curso, y para matricularte en un ciclo de Grado Medio, has de tener los requisitos. Aquellos que aún no tengan el nivel de estudios requerido que se pongan las pilas, yo tengo compañeros que no tienen graduado escolar y espero que ya estén estudiando como locos, porque será condicio sine qua non (sí, es condicio y no conditio), para poder acceder a la titulación.


Ahora habrá que estar a lo que dicten las comunidades autónomas, no creo que haya mucha prisa por convalidarlo, pero ya se pueden poner las pilas porque hay plazos.
  



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